Ficha técnica:
Partes:
Pasiva/Demandado: Estado Español
Activa/Demandante: De oficio por Acusación Popular
Hechos: Imposibilidad manifiesta, por falta de medios en el entorno, para llevar una vida normal por aquellos que padecen la enfermedad celíaca.
Abierta la vista por su Señoría, se dispone a informar la Fiscalía con exposición de hechos y consecuencias de los mismos. Posteriormente, informará el Abogado del Estado personado en la causa. En última instancia, calificación y fallo del Tribunal.
El Sr. Fiscal para informe: Con la venia Señoría. Nos encontramos hoy aquí para tratar una causa de sumo interés para un porcentaje, en continuo aumento, de la sociedad española. Sí, Señoría… y ocurre en gran parte por la ingente adulteración de los productos alimenticios, que cada vez son más insanos y se asemejan menos a lo tradicional y por ende, de calidad garantizada. Para ilustrar a su Señoría, pues puede que desconozca en todo o en parte esta enfermedad, manifestar que se trata de una intolerancia continua al gluten, proteína que se encuentra en los cereales del trigo, centeno y cebada y últimamente también detectado en la avena, alimentos que sean cocinados con ellos y en los que no siendo cocinados así, estén en contacto con ellos.
Como su Señoría comprenderá, por todo lo que abarca esta sustancia, si bien sólo es perjudicial para la salud de estos enfermos el 10% de ella, los que padecen esta enfermedad sólo tienen la posibilidad de ingerir alimentos que no les afecten a su salud, en su domicilio, ya que se dificulta muchísimo fuera del mismo encontrar menús y en general, comida de todo tipo que no les afecte. Y es que, Señoría, esta dieta forzada que realizan no es caprichosa, no se trata de un kilogramo de peso arriba, uno abajo, sino que las consecuencias de la ingesta, aunque sea mínima, de alimentos que contengan gluten pueden ser muy graves y perjudiciales para la salud de estas personas.
Para que los presentes se hagan una idea Señoría; esta enfermedad afecta a una de cada cien personas, que no son pocas, existiendo casi un 90% de casos sin diagnóstico. Las consecuencias van desde molestias intestinales, vómitos y diarreas hasta la posibilidad de un cáncer intestinal pasando por osteoporosis, artritis, artrosis, anemia y esterilidad tanto en hombres como en mujeres. Como su Señoría puede comprobar, no estamos hablando de males menores, sino de graves consecuencias a las que hay que encontrar soluciones dignas. Esta enfermedad no sólo afecta a los que la sufren sino también por entero sus familiares y allegados. A estos últimos de manera indirecta, pero en cosas tan llamativas cono el aumento del 80% en el precio de la cesta de la compra mensual, el hecho de estar condicionados siempre, a la hora de viajar o simplemente de salir a comer o a cenar, a los lugares donde estas personas puedan tomar algún alimento, aunque se trate sólo de un tipo de plato en cada bar o restaurante, puesto que los sitios en los que pueden comer a sus anchas son mínimos o inexistentes en la mayoría de los casos. En definitiva, coarta la libertad de personas cercanas que deben realizar bastantes esfuerzos.
La detección de esta intolerancia cambia el estilo de vida del paciente. El cambio de hábitos alimentarios y la escasa variedad de productos o la inexistencia de los mismos fuera del domicilio del enfermo, pueden llegar a crear trastornos psicológicos según el Doctor Carlos Bravo, psicólogo experto en el tratamiento de personas celíacas. En palabras suyas, puede llegar a causar la celiaquía cambios de humor y conducta, de personalidad con propensión a la tristeza e incluso pueden llegar a sentirse desplazados por los cambios que supone para ellos en las cosas más cotidianas. Ha habido casos en los que llega a claudicarse en el seguimiento de la dieta que deben mantener de por vida.
Señoría, en lo que al interés de esta parte conviene, solicitamos la condena al Estado a una mayor implicación para facilitar una conciencia social generalizada, información a todos los ámbitos que les pueda afectar y especialización de todos los sectores de distribución alimentarios, a saber: que todas las cadenas de supermercados, y no sólo Mercadona y el Corte Inglés, distribuyan alimentos para ellos con total garantía, facilitando así la adquisición de ellos y la libre competencia en este tipo de productos favoreciendo el abaratamiento de los precios de los mismos, tan costosos siempre. A los restaurantes, para que lo mismo que elaboran una cocina tradicional o elaborada, muy de moda en este tiempo, que muestren interés en conocer y ampliar su oferta con una cocina sin gluten. Todo ello Señoría, evitará el desplazamiento social al que ahora se ven abocados, ya que será tratado este problema con total normalidad. Porque Señoría, ¿es que estas personas, por el hecho de verse afectados por un problema intestinal, tienen que verse, de seguido, discriminados de facto por la sociedad?, Señoría, el Estado ya ha tomado medidas en cuanto a la reinserción social de un colectivo olvidado como es el minusválidos, y creo recordar que en todo el territorio nacional se han modificado instalaciones para ser adaptadas a las diferentes necesidades. ¿Por qué otros colectivos no, Señoría? se estaría vulnerando el principio de igualdad social Señoría. Nada más que alegar a favor de esta parte.
Sr. Abogado del Estado para informe: Con la venia, El Estado ha tomado medidas y sigue tomándolas en cuanto a favorecer el día a día de este colectivo. Se les concede subvenciones a los médicos que se encuentran investigando para sacar al mercado en un plazo medio de 5 años una pastilla que inmunice el intestino contra el gluten. En los lugares dependientes de la Administración Estatal, como hospitales, residencias, comedores sociales, etc. está implantada la obligación de facilitar un menú alternativo.
Donde la intervención del Estado no puede hacerse factible es en el ámbito de la empresa privada por motivos de libre mercado y el principio de intervención mínima estatal. Y le recuerdo que todas las empresas y cadenas de supermercados, los catering, restaurantes, etc. son de iniciativa privada dependiendo de la voluntad de cada uno el conocer e implantar estas medidas. Solicita esta parte, se le exima de sanción alguna con el firme compromiso de seguir fomentando el conocimiento, proporcionando la información y los medios necesarios, en la medida que nos sea posible, para el bienestar de este colectivo.
Calificación, motivación y fallo del Tribunal: El Estado, como supremo garante de los principios de igualdad de trato, eficacia y eficiencia tiene la obligación de ejercer una función de control, que no de intervención directa, sobre aquellos sectores calificados como básicos y por lo tanto de interés general. La intolerancia tratada en esta causa de litigio puede acarrear consecuencias graves para la salud de las personas afectadas, las cuales han sido puestas de manifiesto durante el procedimiento. La salud de las personas y el sistema sanitario español y todo lo que a él afecte debe ser supervisado por el estado al ser cuestión de interés general.
Por lo expuesto, este tribunal condena al Estado español a una mayor supervisión de toda la cadena productiva de alimentos sin gluten, ejerciendo una labor de control eficaz en el etiquetado de los mismos que ofrezca una garantía efectiva a los consumidores, fomentará también el conocimiento de esta intolerancia y la práctica activa de cocina especializada en los restaurantes con licencia de apertura en el territorio español, así como la concienciación de las cadenas de distribución para que oferten estos productos. Creará una partida de subvenciones para toda nueva empresa de elaboración de productos paliando en gran medida el encarecimiento de costes y por último, seguirá prestando subvenciones para el campo de la investigación.
Partes:
Pasiva/Demandado: Estado Español
Activa/Demandante: De oficio por Acusación Popular
Hechos: Imposibilidad manifiesta, por falta de medios en el entorno, para llevar una vida normal por aquellos que padecen la enfermedad celíaca.
Abierta la vista por su Señoría, se dispone a informar la Fiscalía con exposición de hechos y consecuencias de los mismos. Posteriormente, informará el Abogado del Estado personado en la causa. En última instancia, calificación y fallo del Tribunal.
El Sr. Fiscal para informe: Con la venia Señoría. Nos encontramos hoy aquí para tratar una causa de sumo interés para un porcentaje, en continuo aumento, de la sociedad española. Sí, Señoría… y ocurre en gran parte por la ingente adulteración de los productos alimenticios, que cada vez son más insanos y se asemejan menos a lo tradicional y por ende, de calidad garantizada. Para ilustrar a su Señoría, pues puede que desconozca en todo o en parte esta enfermedad, manifestar que se trata de una intolerancia continua al gluten, proteína que se encuentra en los cereales del trigo, centeno y cebada y últimamente también detectado en la avena, alimentos que sean cocinados con ellos y en los que no siendo cocinados así, estén en contacto con ellos.
Como su Señoría comprenderá, por todo lo que abarca esta sustancia, si bien sólo es perjudicial para la salud de estos enfermos el 10% de ella, los que padecen esta enfermedad sólo tienen la posibilidad de ingerir alimentos que no les afecten a su salud, en su domicilio, ya que se dificulta muchísimo fuera del mismo encontrar menús y en general, comida de todo tipo que no les afecte. Y es que, Señoría, esta dieta forzada que realizan no es caprichosa, no se trata de un kilogramo de peso arriba, uno abajo, sino que las consecuencias de la ingesta, aunque sea mínima, de alimentos que contengan gluten pueden ser muy graves y perjudiciales para la salud de estas personas.
Para que los presentes se hagan una idea Señoría; esta enfermedad afecta a una de cada cien personas, que no son pocas, existiendo casi un 90% de casos sin diagnóstico. Las consecuencias van desde molestias intestinales, vómitos y diarreas hasta la posibilidad de un cáncer intestinal pasando por osteoporosis, artritis, artrosis, anemia y esterilidad tanto en hombres como en mujeres. Como su Señoría puede comprobar, no estamos hablando de males menores, sino de graves consecuencias a las que hay que encontrar soluciones dignas. Esta enfermedad no sólo afecta a los que la sufren sino también por entero sus familiares y allegados. A estos últimos de manera indirecta, pero en cosas tan llamativas cono el aumento del 80% en el precio de la cesta de la compra mensual, el hecho de estar condicionados siempre, a la hora de viajar o simplemente de salir a comer o a cenar, a los lugares donde estas personas puedan tomar algún alimento, aunque se trate sólo de un tipo de plato en cada bar o restaurante, puesto que los sitios en los que pueden comer a sus anchas son mínimos o inexistentes en la mayoría de los casos. En definitiva, coarta la libertad de personas cercanas que deben realizar bastantes esfuerzos.
La detección de esta intolerancia cambia el estilo de vida del paciente. El cambio de hábitos alimentarios y la escasa variedad de productos o la inexistencia de los mismos fuera del domicilio del enfermo, pueden llegar a crear trastornos psicológicos según el Doctor Carlos Bravo, psicólogo experto en el tratamiento de personas celíacas. En palabras suyas, puede llegar a causar la celiaquía cambios de humor y conducta, de personalidad con propensión a la tristeza e incluso pueden llegar a sentirse desplazados por los cambios que supone para ellos en las cosas más cotidianas. Ha habido casos en los que llega a claudicarse en el seguimiento de la dieta que deben mantener de por vida.
Señoría, en lo que al interés de esta parte conviene, solicitamos la condena al Estado a una mayor implicación para facilitar una conciencia social generalizada, información a todos los ámbitos que les pueda afectar y especialización de todos los sectores de distribución alimentarios, a saber: que todas las cadenas de supermercados, y no sólo Mercadona y el Corte Inglés, distribuyan alimentos para ellos con total garantía, facilitando así la adquisición de ellos y la libre competencia en este tipo de productos favoreciendo el abaratamiento de los precios de los mismos, tan costosos siempre. A los restaurantes, para que lo mismo que elaboran una cocina tradicional o elaborada, muy de moda en este tiempo, que muestren interés en conocer y ampliar su oferta con una cocina sin gluten. Todo ello Señoría, evitará el desplazamiento social al que ahora se ven abocados, ya que será tratado este problema con total normalidad. Porque Señoría, ¿es que estas personas, por el hecho de verse afectados por un problema intestinal, tienen que verse, de seguido, discriminados de facto por la sociedad?, Señoría, el Estado ya ha tomado medidas en cuanto a la reinserción social de un colectivo olvidado como es el minusválidos, y creo recordar que en todo el territorio nacional se han modificado instalaciones para ser adaptadas a las diferentes necesidades. ¿Por qué otros colectivos no, Señoría? se estaría vulnerando el principio de igualdad social Señoría. Nada más que alegar a favor de esta parte.
Sr. Abogado del Estado para informe: Con la venia, El Estado ha tomado medidas y sigue tomándolas en cuanto a favorecer el día a día de este colectivo. Se les concede subvenciones a los médicos que se encuentran investigando para sacar al mercado en un plazo medio de 5 años una pastilla que inmunice el intestino contra el gluten. En los lugares dependientes de la Administración Estatal, como hospitales, residencias, comedores sociales, etc. está implantada la obligación de facilitar un menú alternativo.
Donde la intervención del Estado no puede hacerse factible es en el ámbito de la empresa privada por motivos de libre mercado y el principio de intervención mínima estatal. Y le recuerdo que todas las empresas y cadenas de supermercados, los catering, restaurantes, etc. son de iniciativa privada dependiendo de la voluntad de cada uno el conocer e implantar estas medidas. Solicita esta parte, se le exima de sanción alguna con el firme compromiso de seguir fomentando el conocimiento, proporcionando la información y los medios necesarios, en la medida que nos sea posible, para el bienestar de este colectivo.
Calificación, motivación y fallo del Tribunal: El Estado, como supremo garante de los principios de igualdad de trato, eficacia y eficiencia tiene la obligación de ejercer una función de control, que no de intervención directa, sobre aquellos sectores calificados como básicos y por lo tanto de interés general. La intolerancia tratada en esta causa de litigio puede acarrear consecuencias graves para la salud de las personas afectadas, las cuales han sido puestas de manifiesto durante el procedimiento. La salud de las personas y el sistema sanitario español y todo lo que a él afecte debe ser supervisado por el estado al ser cuestión de interés general.
Por lo expuesto, este tribunal condena al Estado español a una mayor supervisión de toda la cadena productiva de alimentos sin gluten, ejerciendo una labor de control eficaz en el etiquetado de los mismos que ofrezca una garantía efectiva a los consumidores, fomentará también el conocimiento de esta intolerancia y la práctica activa de cocina especializada en los restaurantes con licencia de apertura en el territorio español, así como la concienciación de las cadenas de distribución para que oferten estos productos. Creará una partida de subvenciones para toda nueva empresa de elaboración de productos paliando en gran medida el encarecimiento de costes y por último, seguirá prestando subvenciones para el campo de la investigación.


